Esta entrada fue publicada el 6 abril 2011 a las 4:09 PM y está archivada bajo las categorías derecho de autor, Internet. Puedes seguir las respuestas de esta entrada a través de sindicación RSS 2.0.
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7 Respuestas a Procedimiento para detección y retiro de contenidos infractores
si los contenidos compartidos estan en un prestador de servicio interancional ¿Qué jurisdicción tiene esta ley? Sólo aplica sobre los prestadores nacionales?
Articulo 11.
La información por medio de internet puede ser demorada en leer. Si me hacen la petición de retira vía mail y lo leo un año después no importa. Yo puedo revisar mi mail una vez por año.
La ley habla de deshabilitar contenidos con derechos de autor no autorizados y en general regular esos campos de distribucion, pregunto.
Porque no han mencionado, los gestores de descargas, sitios de intercambios y proveedores de hosting que son los que actualmente almacenan contenido.
la mayoria de los sitio anteriormente mensionados estas fuera de colombia y legislados por leyes internacionales, como seria el procedimiento.
para la regulaciones de contenidos, se necesita una regulacion el los paquetes de descargas y redireccionamientos de IP, como seria ese procedimiento.
Para exonerar una persona de dicha conducta punible, si esta usando un gestor de intercambio de ares, basta configurar el programa para deje de compartir y solo trabaje descargando, que hay acerca de eso.
en un comentario aparte, píenso que la ley necesita un aspecto mas tecnico, es decir la base debe ser los tecnicos hacia la ley que ejerce el control, puedo decir esto por que estoy en el area de informatica y del derecho tambien, un saludo
solo 3 ejemplos les muestro, con esto ustedes generaran sus preguntas o cuestionamientos si la suipuesta ley que estamos construyendo realmente va a proteger los derechos de autor o va a censurar los contenidos de internet, la verdad eso de que solo borran el contenido y no bloquean la pagina no se lo cree nadiey si la memoria les falla aca les recuerdo:
tambien les dejo otra informacion util de lo que el gobierno quiere con esta ley que no es otra cosa que controlar la informacion de la opcicion al nuevoestilo de chuzadas del DAS
el gobierno dice que no lo hara, pero dentro de la ley no da las garantias para que eso ocurra y le da todo el poder a los ISP pero no la posibilidad de controlar eso y justificarlo
si los contenidos compartidos estan en un prestador de servicio interancional ¿Qué jurisdicción tiene esta ley? Sólo aplica sobre los prestadores nacionales?
La ley colombiana no se aplica extraterritorialmente
Articulo 11.
La información por medio de internet puede ser demorada en leer. Si me hacen la petición de retira vía mail y lo leo un año después no importa. Yo puedo revisar mi mail una vez por año.
La ley habla de deshabilitar contenidos con derechos de autor no autorizados y en general regular esos campos de distribucion, pregunto.
Porque no han mencionado, los gestores de descargas, sitios de intercambios y proveedores de hosting que son los que actualmente almacenan contenido.
la mayoria de los sitio anteriormente mensionados estas fuera de colombia y legislados por leyes internacionales, como seria el procedimiento.
para la regulaciones de contenidos, se necesita una regulacion el los paquetes de descargas y redireccionamientos de IP, como seria ese procedimiento.
Para exonerar una persona de dicha conducta punible, si esta usando un gestor de intercambio de ares, basta configurar el programa para deje de compartir y solo trabaje descargando, que hay acerca de eso.
en un comentario aparte, píenso que la ley necesita un aspecto mas tecnico, es decir la base debe ser los tecnicos hacia la ley que ejerce el control, puedo decir esto por que estoy en el area de informatica y del derecho tambien, un saludo
Los gestores de descargas, sitios de intercambios y proveedores de hosting son ejemplos de prestadores de servicios en Internet.
La aplicación de la ley colombiana no es extraterritorial.
Si el usuario de limita a descargar, no hay posibilidad de asumir responsabilidad por ese hecho.
Gracias por la sugerencia y el aporte.
El Articulo 16 es imposible de realizarse. Porque una persona con portatil (Laptop) puede crear cualquier tipo de cuenta en cualquier lugar.
Que no sea retirado el servicio de Internet por Supuestas Infracciones. Sino que se tenga que constatar el Delito!
solo 3 ejemplos les muestro, con esto ustedes generaran sus preguntas o cuestionamientos si la suipuesta ley que estamos construyendo realmente va a proteger los derechos de autor o va a censurar los contenidos de internet, la verdad eso de que solo borran el contenido y no bloquean la pagina no se lo cree nadiey si la memoria les falla aca les recuerdo:
http://www.enter.co/internet/bloqueo-de-rapidshare-pone-en-el-tapete-debate-sobre-pornografia-infantil-en-la-web/
tambien les dejo otra informacion util de lo que el gobierno quiere con esta ley que no es otra cosa que controlar la informacion de la opcicion al nuevoestilo de chuzadas del DAS
http://www.enter.co/internet/francia-exige-a-facebook-y-google-entregar-la-informacion-privada-de-sus-usuarios/
y por ultimo para que vean que no es mentira
http://www.123-amateur.com/
el gobierno dice que no lo hara, pero dentro de la ley no da las garantias para que eso ocurra y le da todo el poder a los ISP pero no la posibilidad de controlar eso y justificarlo